La SCJN declaró infundada la Acción de Inconstitucionalidad 116/2024 y validó el decreto que creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar.
La transferencia de determinados recursos no reclamados de las cuentas individuales de retiro no implica la pérdida de su propiedad, ya que las personas trabajadoras o pensionadas mantienen su titularidad.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la Acción de Inconstitucionalidad 116/2024, relacionada con la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar. El estudio analizó si las medidas previstas por la normativa son compatibles con los derechos de las personas trabajadoras, particularmente con la protección de sus ahorros para el retiro, el derecho de propiedad y la seguridad jurídica.
En 2024 se publicó el decreto mediante el cual se creó el Fondo y se estableció un mecanismo para administrar determinados recursos no reclamados de las cuentas individuales de retiro. Diversas diputadas y diputados federales impugnaron el decreto y cuestionaron la transferencia de estos recursos.
Por unanimidad, la SCJN declaró infundada la Acción de Inconstitucionalidad y validó el decreto. Se consideró que la transferencia de los recursos no constituye una expropiación, confiscación ni pérdida de la propiedad, debido a que la titularidad de los ahorros permanece en las personas trabajadoras o pensionadas.
Además, el derecho a reclamar los recursos es imprescriptible, por lo que las personas trabajadoras o sus beneficiarios pueden solicitar su devolución en cualquier momento, incluso después de su transferencia al Fondo.
La normativa también contempla mecanismos para proteger los recursos, como su registro individualizado, generación de rendimientos y una reserva financiera destinada a garantizar su devolución, además de reglas de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas.
La resolución señaló que la medida persigue una finalidad constitucionalmente válida, al buscar fortalecer la suficiencia de las pensiones y procurar que las personas trabajadoras reciban una pensión más cercana a su último salario.
Credito:Especial/Eikon Fotgrafia MX
